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Migdonio DeDiego Moreno

OPINIÓN

Son inciertos los compromisos adquiridos con vigencias futuras

En opinión libre, manifiesto que los compromisos adquiridos para realizar obras mediante presupuesto de vigencias futuras, por fuera del período del gobernante, no se debe ceñir a un criterio personal del mandatario de turno; ya que ese compromiso será asumido por el gobernante siguiente, quien es el que asume la responsabilidad del pacto y del gasto para la ejecución de la obra acordada, actuación esta que lo deja manicruzado y sin poder cumplir con su Programa de Gobierno.
No se puede asegurar ni confiar el desarrollo de obras, cuya ejecución se traza bajos los parámetros de solución con vigencias futuras; las cuales están contenidas en la Ley, pero más que todo, para avalar obras de Macroproyectos. Vemos que se presenta un engaño para las comunidades que fincan sus esperanzas en las promesas del gobernante, que al tener "La Olla Presupuestal Vacía" para resolver las necesidades presentes, apela a la utilización de un Presupuesto Inexistente, dándole así desatinado contentillo a sus gobernados, comprometiendo los espacios autónomos de futuros gobernantes, quienes al llegar podrán adoptar medidas diferentes y de manejo discrecional para cumplir o no la ejecución de obras pactadas con vigencias futuras, dirigidas a mitigar afujías de esperanzadas comunidades.
La palabra Presupuesto significa: Algo que es resultado de presuponer, partiendo de una base. Presuponer significa: Suponer algo o admitir la existencia o realidad de algo para actuar de cierta manera. En la Administración Pública, Presupuesto significa: Presumir lo que podrá ingresar a las Arcas del respectivo ente territorial, en un periodo de Anualidad Gubernamental, para realizar los gastos pertinentes; pues no se trata de un dinero que ya está recaudado en caja para ser utilizado. Vigencia significa: Lo que esta en vigor u observancia por Costumbre, Ley o Norma, para ejecutarse en tiempo presente. Futuro significa: Lo que está por venir, es decir, lo próximo a suceder.
Vigencia Futura: Se refiere a lo que es programado para ejecutarse con Presupuesto del Futuro, comprometiendo así lo que debe ser gastado por el gobernante siguiente. En ocasiones, los Entes Territoriales, no captan los ingresos supuestos, por lo cual los compromisos adquiridos mediante vigencias futuras, no se pueden cumplir y las obras pasan a la desesperanza y a incredulidad de las comunidades en el Mandato Presente.
Algunos mandatarios adquieren compromisos para cumplir con Vigencias Futuras, así salen del paso y esperanzan a las comunidades con obras que no se verán; además, irresponsablemente: Comprometen valores económicos y programáticos atinentes al gobernante que los va a suceder. Hacen acuerdos bilaterales de gobernabilidad, para comprometer la Vigencia Fiscal del periodo posterior, usurpando así los espacios que no son de su Mandato.
Con seriedad, seguridad y compromiso, nadie puede confiarse de las actuaciones y las obras pactadas mediante el abrigo de Vigencias Futuras, autorizadas por Concejales o por Diputados, para que el Alcalde y el Gobernador de turno, se desplace a comprometer los recursos o ingresos que son supuestos o no corresponden al periodo para el cual fue elegido el Administrador de ese Ente Territorial, quien negocia sin fundamento presupuestal.
Las diversas comunidades territoriales, prudencialmente deben abrir sus ojos para no confiarse de compromisos que estén ataviados a Vigencias Futuras; ya que dichos compromisos podrán caer en el vacío y quedar sin el debido cumplimiento gubernamental. "Camarón que lo hace dormir, no es camarón", mucho cuidado con las promesas que no se cumplirán, porque las obras para el futuro se esfumarán.